Según información del Convenio Cambiario N° 36 publicado en Gaceta Oficial, n° 40.881, publicada el 11 de abril del 2016: todo turista extranjero, que se aloje por más de 1 noche y que no disponga de una visa de trabajo venezolana (Tipo TR-L), está en la obligación de pagar los servicios al hotel, con una tarjeta de crédito/débito extranjera. El monto se transará de acuerdo al tipo de cambio complementario (Dicom), la tasa de cierre del día de ayer la puede encontrar a través de este enlace.